En este artículo vamos a hablar de la inversión en Crowdlending, tanto desde el punto de vista del inversor empresario o profesional de la inversión o “inversor acreditado”, como desde el punto de vista del inversor particular o “inversor no acreditado” y que por tanto, según la Ley 5/2015 de Fomento a la Financiación Empresarial, tendrá limitaciones a su posibilidad de invertir pero que esto no le impedirá el poder probar este tipo de inversión y que luego, si ve que le gusta, siempre podrá solicitar el convertirse en ”inversor acreditado” y así poder invertir cantidades mayores; en seguida le explicaremos cómo hacerlo, pero vayamos por partes.
El profesional o inversor acreditado y la inversión en Crowdlending.
El inversor acreditado será aquel empresario que cumpla dos de estas tres premisas tales como tener un activo superior o igual al millón de euros, que su cifra de ventas sea igual o superior a los dos millones de euros o que sus recursos propios seas superiores o iguales a trescientos mil euros, pero también se puede ser inversor acreditado si el profesional está autorizado para invertir en mercados de inversión como el mercado de derivados de materias primas o en el de fondos de inversión, por ejemplo.
También podrán ser considerados inversores acreditados si contratan un servicio de asesoramiento de una empresa de servicios de inversión autorizada que les asesore sobre la contratación de productos o servicios con empresas de Crowdlending y para ello, una vez contratado este servicio, deben solicitar el ser considerados inversores acreditados expresamente.
Las ventajas que obtendrá el inversor acreditado es que podrá invertir sin límite de cantidad y de esta forma podrá obtener rentabilidades mayores que el inversor no acreditado, piense que la rentabilidad media anual del Crowdlending se sitúa por encima del siete por ciento y puede llegar hasta cifras de dos dígitos, rentabilidades éstas muy superiores a la que ofrecen los Bonos del Estado o los Depósitos Bancarios.
Otra ventaja de invertir en Crowdlending es que se hace totalmente online, sin pérdidas de tiempo por desplazamientos y sin comisiones para el inversor ( ni de estudio, ni de apertura, ni de cancelación anticipada), es una inversión que se puede diversificar tanto como se quiera, que es muy segura y goza de una gran liquidez, piense que ya hay plataformas que hasta ofrecen garantías de impago (garantías de recompra) por las que se comprometen a devolverle su inversión más los intereses devengados en el caso de que el prestatario no pague su deuda y hay algunas que hasta tienen mercados secundarios en donde usted puede vender su participación de la deuda a otro inversor interesado en ella, si es que usted quiere recuperar su inversión antes de su vencimiento.
Además las empresas de Crowdlending tienen grandes departamentos de riesgos que filtran a las empresas que son solventes de las que no lo son y que encima exigen garantías reales a las empresas que presentan algún tipo de duda y que además ahora ya cuentan con una regulación legal específica que es la Ley 5/2015, de 27 de abril, de Fomento de la Financiación Empresarial que da seguridad jurídica completa a la inversión en Crowdlending.
Y otra razón muy poderosa para invertir en Crowdlending es que se contribuye al desarrollo de la economía “buena” no financiera, es decir, invirtiendo en Crowdlending usted contribuye al desarrollo de la economía real sostenible y ello es debido a que las empresas de Crowdlending no financian nunca proyectos de inversión especulativos sino que solo financian a empresas que tienen proyectos reales de inversión que generen actividad y empleo en nuestra economía.
El inversor particular no acreditado y la inversión en Crowdlending.
El inversor particular, para protegerlo, siempre será considerado “inversor no acreditado” a no ser que tenga unos ingresos anuales demostrables superiores a cincuenta mil euros o un patrimonio financiero superior a los cien mil euros y solicite expresamente que no quiere ser considerado «inversor no acreditado» sino que quiere ser considerado “inversor acreditado” para así no tener límites a la hora de invertir ya que en caso de ser considerado como “ inversor no acreditado” solo podría invertir como máximo 3.000€ por proyecto y plataforma y un máximo total anual de 10.000€ al año en la suma del conjunto de proyectos de Crowdlending del conjunto de Plataformas de Crowdlending de España.
Al igual que hemos visto antes, el inversor particular, aunque no cumpla los requisitos económicos antes vistos, también tiene la opción de ser poder ser considerado como «inversor acreditado» si contrata un servicio de asesoramiento de una empresa de servicios de inversión autorizada que le asesore sobre la contratación de productos o servicios con empresas de Crowdlending .
Las ventajas del inversor particular en Crowdlending son similares a las que hemos visto antes, es decir, disfrutará de una inversión totalmente online que goza de una muy buena rentabilidad, seguridad, y liquidez, una inversión que puede diversificar tanto como quiera y también gozará de la ventaja de no tener que padecer comisiones abusivas ya que en la mayoría de plataformas de Crowdlending a éstos no se les cobra comisiones sino que solo se les cobra a los promotores y, por último, y no menos importante, las empresas de Crowdlending no machan a sus inversionistas para que contraten otros productos financieros paralelos tales como seguros o similares (es lo que se conoce como ventas cruzadas) cosa que si hace la banca tradicional.
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ESTEBAN LÓPEZ
Comments (2)
Inaki
Buenos días:
Me surge una duda. En caso que seas inversor particular no acreditado, que consecuencias tiene el superar el límite de 10000 euros de inversión anual en plataformas de crowdlending.
Y por otra parte se considera parte del patrimonio financiero una vivienda en propiedad?
Gracias por su blog que aumenta nuestros conocimientos e inquietudes financieras.
Esteban López
Hola Iñaki,
Es una cosa que no queda muy clara en la Ley, establece límites, pero no sanciones.
Un saludo.