En este artículo vamos a tratar de contestar a estas tres preguntas tan sencillas pero a la vez tan complejas, como son: qué es el CIRBE, qué es el RAI y qué el ASNEF y para ello intentaremos contestar a cada una de ellas de la forma más sencilla y amena que seamos capaces, todo con el objetivo de que quede bien claro qué es lo que son y para qué sirven cada una. Empecemos pues por contestar a la primera pregunta:

CIRBE

¿Qué es el CIRBE?

El CIRBE es la Central de Información de Riesgos del Banco de España, es una base de datos cuyos campos son suministrados mensualmente por las entidades de crédito al Banco de España que los administra y controla y que sirve para tener una recopilación de todos los riesgos de crédito que vamos contrayendo por un valor superior a 6000 euros. Se trata, por tanto, de un servicio público cuya finalidad es doble, a saber:

1º.Conocer cuáles son los riesgos de cada deudor al llevar un registro mensual de cuál es el monto total de su deuda, ver cómo va evolucionando mes a mes y poder dar esa información a las entidades que lo soliciten (previa autorización obligatoria del solicitante de financiación) todo con el objetivo de que dichas entidades puedan hacer un mejor estudio de la persona física o jurídica que solicita el crédito, préstamo o aval, de esta forma dichas entidades pueden disponer de una buena herramienta actualizada para poder efectuar una correcta valoración del riesgo y así aprobar o no la concesión de dicha financiación.

2º.Conocer cuál es la situación de concesión de crédito y riesgos del conjunto de entidades de crédito del sistema bancario, todo con el objetivo de poder hacer mejor las tareas de supervisión que tiene encomendada el Banco de España sobre dichas entidades financieras, así, de esta forma, el Banco de España podrá evitar la acumulación excesiva y los abusos en la concesión de créditos que puedan suponer una quiebra de la entidad o un riesgo para la solvencia del sistema financiero.

Por tanto, como decimos, en dicha base de datos se registrará la información más relevante de riesgo de cada operación que cada individuo realice con las entidades financieras, se tendrá perfectamente identificado al deudor y el riesgo total que éste asume, así, entre otros muchos datos, se suelen incluir el NIF del sujeto, el tipo de préstamo, su nombre y apellidos, así como el importe de la deuda viva en el momento de la solicitud (siempre redondeada en miles de euros) y también se incluye más información relativa al tipo de préstamo en cuestión: si es a largo plazo o a corto plazo, si es un aval, si es un préstamo hipotecario o es un crédito simple, toda una serie de datos importantes que se van actualizando mes a mes.

También decir que toda persona podrá tener acceso a la información que conste a su nombre en el CIRBE y podrá solicitarlo a través de la Oficina Virtual del Banco de España o personalmente o enviando una carta firmada al Banco de España Información Financiera y Central de Riesgos, C/Alcalá, 48 28014 – Madrid. en la que se debe adjuntar una fotocopia del DNI e indicar la dirección a dónde quiere que se le envíe el certificado informativo sobre su situación en el CIRBE.

¿Qué es el RAI?

El RAI es un Registro de Aceptaciones Impagadas que fue constituido por las asociaciones de entidades financieras de España con el objetivo de llevar un control sobre aquellos títulos de crédito que no son atendidos a su vencimiento por sus librados, con este registro de morosos lo que se pretendía era tener una herramienta de control y de información para atajar el creciente número de letras y pagarés que resultaban devueltos e imposibles de cobrar; por tanto, con el RAI lo que se persigue es identificar al acreedor moroso e impedirle el que pueda volver a financiarse de esta forma ilícita. Por eso, la entidad financiera asociada, antes de conceder un préstamo, siempre mirará previamente en el RAI para ver si el solicitante de financiación está incluido y si salimos en dicho registro, pues la hemos fastidiado, ya que la entidad financiera se negará en redondo a prestarnos un solo euro. No nos extendemos más en el RAI porque creemos que queda claro el concepto y lo explicaremos, aún mas, contestando a la siguiente pregunta.

¿Qué es el ASNEF?

El ASNEF es otro registro de morosos cuyas siglas salen de Asociación Nacional de Entidades Financieras y que gestiona la empresa mercantil EQUIFAX, SL. Básicamente consiste en un registro de morosos en donde las empresas asociadas pueden mirar e incluir a aquellos que no pagan sus facturas en tiempo y forma, de esta manera hay empresas de telefonía o de suministros que te pueden incluir solo por no pagar una simple factura de 30 euros (no hay mínimo para poderte incluirte en el ASNEF). Una vez hecho, te avisan y te suelen dar un plazo de unos 30 días para que efectúes alegaciones o para que pagues, si no lo haces en ese plazo te incluirán indefectiblemente en el registro y olvídate de comprar un televisión o una simple lavadora a plazos, pues no te darán ninguna financiación, cero, ni una sencilla tarjeta de crédito, nada, serás un muerto financiero, tampoco podrás comprar un piso con hipoteca, ni un coche, ni nada de nada que se tenga que financiar y es muy duro vivir así; por eso es importante que no te incluyan en ninguno de estos registros de morosos y que si lo hacen, es importante que hagas todo lo posible por que te saquen de allí enseguida.

Para todos estos registros existe una fórmula muy sencilla para que te saquen y que es demostrarles que ese motivo por el que te han incluido ya no existe o es erróneo, vamos que ya ha sido pagada dicha deuda o que se han equivocado al incluirte (mismo nombre y apellidos, importe inexacto o falso), para ello debes de ponerte en contacto con ellos, solicitarles un extracto de todo lo que tengan de ti, luego tienes que ir a las entidades que te metieron y solicitarles que te saquen de dicho registro, yo recomiendo solicitarlo también a la misma vez a RAI o EQUIFAX ya que así ellos también le pedirán razones a la empresa que te incluyó en dicho registro (si dicha empresa no contestase, ellos tienen la obligación de borrarte) y si nadie te hace caso, pues siempre te quedará la opción de acudir a los tribunales ordinarios, pero eso casi nunca es necesario, ya que las empresas encargadas de estos registros de morosos suelen atender las peticiones de borrado o rectificación en el plazo de poco más de un mes.

Si pese a todo, al final, eres incluido en alguno de estos registros, debes saber que, si no haces nada, estarás inscrito en ellos durante muchísimo tiempo ya que, por ejemplo, en el RAI puedes estar inscrito más de dos años (unos 30 meses, aproximadamente) y en el ASNEF, puedes estar incluido unos seis años máximo, una vez pasados los cuales tienen la obligación de borrarte, aunque no hayas saldado la deuda aún, y ello es así, porque así lo marca la ley y porque no pueden tenerte a perpetuidad dado de alta en un registro de morosos de ese tipo ya que, a mi juicio, sería hasta anticonstitucional, pues sería como condenarte a una cadena perpetua de muerte financiera.

Por último decir que existe una ley llamada La ley de Protección de Datos que nos faculta a tener acceso gratuito a nuestra información y que nos permite la rectificación (datos erróneos, nombre, apellidos, importe de la deuda, etcétera) la cancelación de los mismos si, como digo, son inexactos o erróneos y nos asegura el estar siempre bien informados sobre la variación y veracidad de dicha información en el tiempo. También decir que las multas por no respetar a dicha ley son enormes y es por eso que debemos estar bien tranquilos al saber que siempre podemos ejercer nuestros derechos sobre el uso, manejo y acceso a la información financiera que exista sobre nosotros en los registros de terceros.

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Comments (1)

Sin duda creo que la gestión de insolvencia patrimonial y de crédito debería evolucionar , no es posible que se produzcan tanto atropellos ! indignante !

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